Characteristics of Commercial Contracts
Essay by farloperoule • November 29, 2015 • Essay • 5,493 Words (22 Pages) • 1,075 Views
Contratos Mercantiles
- Características de los contratos mercantiles
- Perfección: es lo mismo que celebración valida de un contrato, se dice que un contrato se ha perfeccionado cuando se ha celebrado. Atendiendo a la perfección hay dos tipos de contratos:
- Consensuales: son aquellos contratos que se perfeccionan por el consentimiento de los contratantes. La mayoría de los contratos aquí en España son de este tipo.
- Reales: son aquellas que para perfeccionarse necesitan el consentimiento y la entrega de la casa del objetivo de ese contrato.
- Forma de celebración de los contratos: las tres formas de la celebración de un contrato son:
- Verbal
- Escrita
- Solemnes (ante notario)
A pesar de esta clasificación se pueden diferenciar dos tipos de contratos:
- No formales: son aquellos que pueden celebrarse de cualquiera de las 3 opciones anteriores.
- Formales: son aquellas que por disposición dispersa de la ley tienen que celebrarse de forma escrita o solemne.
- Prueba de un contrato: hay cuatro tipos de pruebas:
- Prueba testifical (con testigos): aquella que se hace a través de un testigo que va a declarar a un juicio.
- Prueba pericial (a través de peritos): aquella que se hace a través de un perito, que es un experto en la materia del que trata el juicio.
- Prueba documental (a través de documentos): dos tipos de documentos:
- Públicos: aquellas que están autorizadas por una autoridad o funcionario público, estos pueden ser:
- Judiciales
- Notariales
- Administrativos
- Privados: todos los demás, es decir, los que no son públicos.
No todos los contratos tienen la misma fuerza, en general, los documentos públicos tienen más fuerza que los privados.
- Reconocimiento judicial: que el juez vea personalmente todo lo que se discute.
Pruebas de testigos: el artículo 51. La declaración de testigos no será por si sola bastante para demostrar la existencia de un contrato, a no ser que concurra con otra prueba.
La factura: Es el documento que se presenta habitualmente. La factura es un documento que contiene los objetivos que se venden, el precio, fecha y firma. La factura es un elemento unilateral y solo hace prueba en contra del vendedor, que es el que la hace pero cuando el comprado también firma la factura es bilateral, y en este caso, la factura hace prueba contra ambas. La factura refleja la compra, pero el albarán refleja, la entrega del producto. La ley de ordenación de comercio minorista del 15/Enero/1996 alude al deber que tiene el vendedor de expedir la factura.
- Interpretación de los contratos mercantiles: Si no hay dudas no hay que interpretar, si hay dudas es necesario interpretar. El principio más importante de interpretación de contratos mercantiles es el “favor debitores” en español “ a favor del deudor”.
Dice el artículo 19, las deudas que surjan en la interpretación de un contrato mercantil, hay que declinarse a favor del deudor.
- Cumplimiento.
- Soluciones extrajudiciales de conflictos en la contratación mercantil: arbitraje.
Hay dos soluciones:
- Judicial: se inicia presentando ante el juzgado un escrito, llamado demanda. Esta demanda va a parar a un juzgado y por lo tanto a un juez, una vez allí comienzan el proceso judicial, al final del proceso, esto termina con una sentencia del juez.
Demanda__ juez__ proceso__ sentencia.
- Extrajudicial (arbitral): se inicia con una solicitud, y esta va a parar a uno o varios árbitros, y comienza así el procedimiento arbitral, finalmente este termina con una decisión de los árbitros, llamado laudo o laudo arbitral.
Solicitud__ arbitro__ procedimiento arbitral__ laudo.
Todo lo relacionado con el arbitraje está regulado en la ley de arbitraje (L.A) del 23 de Diciembre de 2003.
Las ventajas del extrajudicial es que es más rápida que la judicial y la vía arbitral es mas barata.
- La protección de los consumidores y usuarios en la contratación mercantil.
Artículo 51 de la constitución: los poderes públicos garantizan la defensa de los consumidores y usuarios.
- Ley de condiciones generales de contratación del 13 de Abril de 1998: muchos de los contratos entre una gran empresa y el consumidor, son contratos llamados de serie, de masa o de adhesión porque el contenido de estos prácticamente casi en su totalidad, los determina la empresa. La empresa para determinar estos contratos utiliza las condiciones generales de la contratación, cuyas características son:
- Son condiciones predispuestas
- Son condiciones impuestas, porque no son negociados individualmente
- Se elaboran para incorporarlas una pluralidad de contratos, es decir, los redactan para todos los contratos.
En esta ley viene regulado como se realizan esos contratos.
- Ley de consumidores o ley general para la defensa de consumidores y usuarios del 16/11/07: uno de sus materiales son las clausulas abusivas (Artículos del 82-91).
- Definición clausulas abusivas: se consideran clausulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente que en contra de las exigencias de la buena fe, causen en perjuicio del consumidor un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes.
- Consecuencia de la utilización de las clausulas abusivas: las clausulas abusivas nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas (Artículo 83)
- La regulación electrónica:
La ley que regula todo esta ley de servicio a la sociedad de la información y el comercio electrónico del 11 de Julio de 2002.
Las ventajas de la contratación por internet, son la comodidad, la rapidez y que son más baratas, pero su desventaja es el fraude, asique esta ley intenta reducir estos fraudes. Una de las herramientas utilizadas es el derecho al desistimiento, que es el derecho que tiene el consumidor que ha contratado a través de internet o cualquier contratación a distancia para desistir del contrato, es decir, renunciar al contrato.
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